{"id":5058,"date":"2021-03-11T12:57:06","date_gmt":"2021-03-11T18:57:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/?p=5058"},"modified":"2021-03-11T13:08:11","modified_gmt":"2021-03-11T19:08:11","slug":"ley-federal-de-proteccion-al-usuario-digital","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/ley-federal-de-proteccion-al-usuario-digital\/","title":{"rendered":"LEY FEDERAL DE PROTECCI\u00d3N AL USUARIO DIGITAL"},"content":{"rendered":"\n<p>Se propone la creaci\u00f3n de la Ley Federal de Protecci\u00f3n al Usuario Digital; por parte del Grupo Parlamentario de Morena.<\/p>\n\n\n\n<p>Para muchas personas, hoy en d\u00eda, el hecho de permanecer en l\u00ednea mediante una conexi\u00f3n a internet se ha convertido en una necesidad para poder desempe\u00f1ar su trabajo, para estar en contacto con sus familiares e incluso como medio de entretenimiento y, un foro de comunicaci\u00f3n mediante el cual expresan opiniones, proporcionan informaci\u00f3n de productos o servicios, y\/o participan en debates, ya sean p\u00fablicos o privados, sobre temas de inter\u00e9s general, por estas razones se concibi\u00f3 construir un marco regulatorio para un entorno digital y globalizado, surgiendo la propuesta de Ley denominada LEY FEDERAL DE PROTECCI\u00d3N AL USUARIO DIGITAL, misma que propone, adem\u00e1s, reformar y adicionar diversas disposiciones de las Leyes Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi\u00f3n, as\u00ed como la protecci\u00f3n de datos personales en posesi\u00f3n de los particulares y la Ley federal de protecci\u00f3n al consumidor, que ya contempla la defensa de los derechos a los usuarios digitales.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta propuesta de Ley, busca ajustar las normas jur\u00eddicas a las situaciones que existen en la actualidad, lo cual es indispensable dado que todo ordenamiento legal nace por la obligaci\u00f3n que tiene el estado de garantizar a todas las personas el respeto a sus derechos fundamentales y regular las relaciones entre los particulares, as\u00ed como las relaciones entre \u00e9stos y las plataformas y servicios digitales; siendo el turno de los usuarios digitales como particulares que usan el internet.<\/p>\n\n\n\n<p>Con esta propuesta de Ley, entre otras cuestiones se busca insistir en la no propagaci\u00f3n de contenido ilegal como la intimidaci\u00f3n, el acoso, la discriminaci\u00f3n y otros delitos ya sancionados en otros ordenamientos legales; pero lo m\u00e1s relevante es que se propone sancionar <strong><u>la infodemia o propagaci\u00f3n de noticias falsas<\/u><\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>En un c\u00famulo de 32 art\u00edculos la propuesta de Ley contempla promover y proteger los derechos de los usuarios digitales y las relaciones con los proveedores de servicios digitales.<\/p>\n\n\n\n<p>Definiendo conceptos como: \u201cModeraci\u00f3n del contenido\u201d; \u201cServicio digital\u201d; \u201cServicio digital de intermediaci\u00f3n\u201d; \u201cDe mero conducto\u201d; \u201cDe almacenamiento en cach\u00e9\u201d; \u201cDe alojamiento\u201d; as\u00ed como \u201cT\u00e9rminos y condiciones\u201d y qu\u00e9 debe entenderse por \u201cUsuario digital\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Y &nbsp;planteando &nbsp;entre otros derechos, el que los usuarios digitales ejerzan la portabilidad de los datos personales e informaci\u00f3n que hayan generado a trav\u00e9s de los servicios digitales; que puedan elegir libremente su proveedor de servicios digitales; y que al contratar servicios digitales les den a conocer las condiciones comerciales para exigir el cumplimiento forzoso del contrato cuando el proveedor del servicio digital modifique las condiciones originalmente contratadas; y puedan manifestar sus ideas y tengan acceso a la informaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Ser\u00e1 el Instituto Federal de Telecomunicaciones en conjunto con la Profeco quienes tendr\u00e1n a su cargo el&nbsp; promover, proteger, asesorar, defender, conciliar, y representar a los usuarios digitales.<\/p>\n\n\n\n<p>A la propuesta de Ley le falta tener en consideraci\u00f3n regulaci\u00f3n y tratamiento en temas como el comercio entre particulares usando la plataforma del creador de las redes sociales; la regulaci\u00f3n y protecci\u00f3n a los menores de edad mediante la autorizaci\u00f3n de los padres o tutores; la regulaci\u00f3n del contenido en los medios digitales dirigido de acuerdo a la edad del usuario digital.<\/p>\n\n\n\n<p>Esperemos que los legisladores aprueben la creaci\u00f3n de este ordenamiento legal que resulta indispensable.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras esto sucede y la ley es aprobada, las recomendaciones siguen siendo, mantener una conducta de civismo digital, tomado conciencia de qu\u00e9 s\u00ed debo y puedo hacer p\u00fablico a trav\u00e9s de las diversas plataformas y herramientas que nos proporciona internet; leer los avisos de privacidad para gestionar nuestro consentimiento respecto a los usos que se le dar\u00e1 a la informaci\u00f3n personal; analizar los t\u00e9rminos y condiciones de cada sitio en internet; y alertar a los creadores de los sitios web, plataformas digitales, redes sociales y autoridades competentes si somos victimas o conocemos a alguien que lo sea, de alg\u00fan delito cibern\u00e9tico.<\/p>\n\n\n\n<p>Por Viridiana Aguijosa<\/p>\n\n\n\n<p>#HablemosDeSeguridad<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se propone la creaci\u00f3n de la Ley Federal de Protecci\u00f3n al Usuario Digital; por parte del Grupo Parlamentario de Morena. Para muchas personas, hoy en d\u00eda, el hecho de permanecer en l\u00ednea mediante una conexi\u00f3n a internet se ha convertido en una necesidad para poder desempe\u00f1ar su trabajo, para estar en contacto con sus familiares [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":5059,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[847],"tags":[75,217,870],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5058"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5058"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5058\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5061,"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5058\/revisions\/5061"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5059"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5058"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5058"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.capa8.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5058"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}